Texto consolidado. Artículo 1 (Cataluña, como nacionalidad, ejerce su autogobierno constituida en Comunidad Autónoma de acuerdo con la Constitución y con el presente Estatuto)
Artículo 1º (Cataluña, como nacionalidad y para acceder a su autogobierno, se constituye en Comunidad Autónoma de acuerdo con la Constitución y con el presente Estatuto, que es su norma institucional básica. 2. La Generalidad es la institución en que se organiza políticamente el autogobierno de Cataluña). Artículo 2º (El territorio de Cataluña como Comunidad Autónoma es el de las comarcas comprendidas en las provincias de Barcelona, Gerona, Lérida y Tarragona)
Ap. 3 (Cataluña; cat. Catalunya)
|